jueves, 29 de enero de 2009

JESÚS EN LA ESO





Jesús en la ESO
En aquel tiempo Jesús subió a la montaña y sentándose en una gran piedra dejó que sus discípulos y seguidores se le acercaran.
Después, tomando la palabra, les enseñó diciendo:

En verdad, en verdad os digo que serán bienaventurados los pobres de espiritu, porque de ellos es el Reino de los Cielos. Que serán bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia, porque ellos serán saciados. Bienaventurados los misericordiosos, porque ellos alcanzarán misericordia. Bienaventurados los perseguidos a causa de la justicia, porque de ellos es el Reino de los Cielos,...

Entonces Pedro le interrumpió para decir:

¿tenemos que saberlo de memoria?.

Y Andrés dijo:

¿tenemos que escribirlo?.

Y Santiago dijo:

¿tenemos que examinarnos de esto?.

Y Felipe
dijo:

no tengo papiro.

Y Bartolomé dijo:

¿te lo tenemos que entregar?.

Y Juan dijo:

¿puedo ir al servicio?.

Y Judas:

¿y esto para qué sirve?.

Entonces, uno de tantos fariseos presentes, que nunca había enseñado, pidió ver la Programación de Jesús y, ante el asombro del Maestro, le inquirió en estos términos:

¿Cuál es tu nivel de competencia curricular?. ¿Cómo atiendes a la diversidad?. ¿Cómo has diseñado la motivación de intereses palestinos y gentiles?. ¿Qué significatividad tiene el material de aprendizaje que pretendes enseñar?.

A Jesús se le llenaron los ojos de lágrimas y, elevándolos al cielo, pidió al Padre la jubilación anticipada.

miércoles, 28 de enero de 2009

EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA



El conflicto educativo
El Supremo decide que no se puede objetar a Ciudadanía

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal establece por 22 votos contra 7 que la asignatura no vulnera el derecho de los padres a que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que deseen
ELPAÍS.com / EFE - Madrid - 28/01/2009

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Tras dos días y medio de deliberaciones, el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha decidido hoy por 22 votos a favor y 7 en contra que no es posible acogerse a la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía (EpC), confirmado así la obligatoriedad de la asignatura, informa Julio M. Lázaro. El Supremo ha fallado sobre los recursos de casación presentados por varios padres contra la sentencia del Tribunal Superior de Andalucía, que reconocía el derecho de los padres a la objeción de conciencia, sin necesidad de detallar en qué puntos estaban en desacuerdo con la asignatura, y las del Tribunal Superior de Asturias, que desestimaron la objeción porque los padres demandantes no concretaron en qué puntos estaban en desacuerdo. El TS establece que la materia no vulnera el derecho fundamental de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que deseen.



Desde el pasado lunes, cuando se iniciaron las deliberaciones, los magistrados han acumulado más de 20 horas de debate, porque tales deliberaciones desbordaron el marco inicial (la discusión sobre los citados recursos) y se amplió el campo: el Pleno no sólo ha debatido si era posible la objeción de conciencia a la asignatura, sino incluso si los contenidos de ésta vulneraban el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, según reza el artículo 27.3 de la Constitución.
El pronunciamiento del TS unifica la jurisprudencia respecto a esta cuestión, que ha generado centenares de causas judiciales y sentencias dispares en los tribunales autonómicos.
En febrero de 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Asturias desestimó en tres fallos similares la pretensión de varios padres de que la Consejería de Educación admitiera la objeción como parte de los derechos constitucionales de libertad religiosa e ideológica. El tribunal precisó que se desconocía el contenido de la materia a la que se oponían las familias y, por tanto, las enseñanzas concretas que pudieran ser contrarias a la libertad ideológica. "Resulta patente que el mero enunciado de una determinada asignatura no afecta a derecho fundamental alguno", argumentó el TSJ de Asturias. Aún más, consideró que el planteamiento general de EpC recogido en la Ley Orgánica de Educación "no puede suscitar duda alguna sobre su constitucionalidad". Por ello, "no cabe impugnar genéricamente las asignaturas relativas a Educación para la Ciudadanía como contrarias al derecho de libertad ideológica", ya que "sólo cabe invocar el referido derecho fundamental en relación con el caso concreto en que se desarrollan las citadas enseñanzas".
Por el contrario, el TSJ de Andalucía resolvió en marzo de 2008 a favor de unos padres a los que la Junta había denegado la objeción para un hijo. La familia argumentó que EpC vulneraba sus derechos fundamentales "a educar a los hijos en la formación religiosa y moral conforme con sus propias convicciones y a la libertad ideológica y religiosa", según la Constitución. Sobre los Reales Decretos que fijan los mínimos de EpC, el tribunal andaluz entendió que emplean conceptos de "indudable trascendencia ideológica y religiosa, como son ética, conciencia moral y cívica, valoración ética, valores o conflictos sociales y morales". Ante esta situación, el tribunal creyó "razonable que los demandantes, por razones filosóficas o religiosas (...), pueden estar en desacuerdo con parte de la asignatura, y lógico que soliciten que se excluya de ella a su hijo". El tribunal andaluz, que fundamentó la sentencia en la jurisprudencia de los tribunales Constitucional, Supremo y Europeo de Derechos Humanos, añadió que la objeción de conciencia es "directamente aplicable" aunque no hubiera sido regulada legislativamente.

martes, 6 de enero de 2009

QUIÉNES SON THE PRIESTS

· Quiénes son The Priests
El padre Eugene O’Hagan (48 años, de la iglesia The Sacred Heart y The Holy Family), su hermano el padre Martin O’Hagan (45 años, de la iglesia St. Mary) y el padre David Delargy (44 años, de la iglesia St. Joseph y St. Peter) son The Priests.
El 17 de noviembre editarán su primer álbum en España. Una parte de los beneficios del mismo irá destinada a diferentes obras de caridad, que serán elegidas por los tres sacerdotes católicos.
Es una historia peculiar que comenzó hace muchos años, cuando Eugene, Martin y David se conocieron mientras estudiaban en la escuela.
Fue en el instituto St. MacNissi, una escuela local en Derry (Irlanda), donde los tres se conocieron por primera vez y comenzaron a darse cuenta de sus posibilidades cantando a trío bajo el nombre de Holy, Holy, Holy (Santo, Santo, Santo). Un sacerdote de su colegio los estimuló a seguir adelante con su afición musical y después de dejar St. MacNissi, continuaron sus estudios en el seminario de Belfast donde el padre Eugene O’Hagan se especializó en Filología Inglesa y Filosofía Escolástica, y los padres Martin O’Hagan y David Delargy estudiaron Historia Antigua y Filosofía Escolástica. Durante todo este tiempo, dieron clase con el profesor de canto Frank Capper.
Los tres sacerdotes terminaron sus estudios en el Irish College de Roma. Muy pronto sus talentos cantando a trío fueron reconocidos, siendo invitados por Monseñor Magee, secretario privado del Papa, para cantar en la liturgia sagrada.
Ya bajo el nombre de The Priests, Eugene, Martin y David unieron de nuevo sus voces al regresar a Irlanda, mientras empezaban a trabajar en sus respectivas iglesias.
Hoy, los tres viven dedicados a atender las necesidades espirituales de sus parroquianos (misas, bautizos, bodas, funerales…) y ultiman su primer álbum con canciones espirituales de inspiración clásica, como Ave Maria o Panis Angelicus.
El álbum de debut de The Priests se publicará el 17 de noviembre de 2008 en España.